Mudanza Internacional y Viajar con Mascotas a Uruguay: Requisitos para Extranjeros y Uruguayos Retornados
📅 Información verificada y actualizada a 2026: Normativa de la Dirección Nacional de Aduanas (DNA), Ley de Retorno N° 18.250 y requisitos sanitarios del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca (MGAP).
📦 1. Mudanza e Ingreso de Enseres Personales según tu Perfil
El ingreso de mobiliario, efectos personales y herramientas a Uruguay varía según si eres un ciudadano extranjero que inicia su residencia o un ciudadano uruguayo que regresa al país tras vivir en el exterior.
A) Para Inmigrantes Extranjeros (Residencia Legal Permanente)
Si eres extranjero y decides radicarte en Uruguay, la legislación aduanera te permite ingresar tus bienes muebles y pertenencias domésticas usadas libres de impuestos de importación bajo franquicia aduanera:
Franquicia de enseres usados: Puedes ingresar muebles, electrodomésticos, ropa, vajilla y efectos personales usados destinados a tu vivienda.
Proceso de Fianza Provisoria (Residencia en trámite): Si tu mudanza (contenedor o embarque) llega al puerto o aduana uruguaya antes de que se conceda formalmente tu Residencia Legal Permanente, la Aduana permite el retiro de la carga constituyendo una fianza o garantía temporal (depósito o póliza de caución). Una vez obtenida la residencia definitiva, la fianza se cancela y se libera por completo.
Documentación requerida:
Certificado de Residencia Legal Permanente (o Certificado de Residencia en Trámite expedido por la Dirección Nacional de Migración).
Certificado de residencia anterior otorgado por el Consulado uruguayo en tu país de origen.
Lista de empaque (Packing List) detallada con declaración jurada de los bienes.
Intervención obligatoria de un Despachante de Aduanas uruguayo para gestionar la DUA (Declaración Única Aduanera).
Herramientas de trabajo: Puedes ingresar libre de tributos los equipos, instrumentos y herramientas indispensables para el ejercicio de tu profesión, arte u oficio.
B) Para Uruguayos Retornados (Ley de Retorno N° 18.250)
Los ciudadanos uruguayos que hayan residido de forma ininterrumpida en el exterior por más de 2 años y decidan retornar definitivamente a Uruguay disponen de incentivos especiales amparados por la Ley N° 18.250 (Arts. 75 y 76):
Exoneración total de tributos para enseres: Ingreso 100% libre de impuestos aduaneros de muebles, efectos personales y bienes de uso doméstico.
Herramientas y equipos profesionales: Exoneración impositiva completa para máquinas, herramientas, equipos e instrumentos de trabajo vinculados a su actividad profesional o laboral.
Beneficio exclusivo - Ingreso de Vehículo Automotor: A diferencia de los extranjeros, la Ley de Retorno otorga a los uruguayos retornados la facultad de importar un vehículo automotor (auto o camioneta de su propiedad) libre de tributos aduaneros, siempre que acrediten la titularidad previa en el exterior y cumplan los plazos de permanencia y no transferibilidad establecidos.
Trámite: Se gestiona previamente ante la Oficina de Retorno y Bienvenida del Ministerio de Relaciones Exteriores (MRREE) antes del embarque.
🐶 2. Requisitos Sanitarios para Viajar con Mascotas (MGAP)
El ingreso de perros y gatos a Uruguay está regulado por la Dirección General de Servicios Ganaderos del MGAP y exige el cumplimiento estricto de los siguientes requisitos sanitarios tanto para extranjeros como para uruguayos:
Certificado Veterinario Internacional (CVI): Expedido o visado por la autoridad oficial de sanidad animal del país de origen (o Pasaporte Oficial si provienes de la Unión Europea), emitido dentro de los plazos reglamentarios previos al viaje.
Identificación por Microchip (Obligatorio para perros): Debe contar con un microchip ISO 11784 o 11785.
Vacunación Antirrábica: Vacuna vigente aplicada a partir de los 3 meses de edad (con al menos 21 días de aplicada si es la primera dosis).
Tratamiento Antiparasitario: Tratamiento contra parásitos internos y externos administrado dentro de los 15 días previos al ingreso al país.
Inspección Zoosanitaria y Tasa Administrativa: Al ingresar por el Aeropuerto de Carrasco, puerto o frontera, la mascota debe ser presentada para la inspección visual de los oficiales del MGAP y abonar la tasa administrativa correspondiente, que se sitúa habitualmente entre $600 UYU y $800 UYU (aprox. USD 15 - USD 20, fijada en Unidades Indexadas por la DGSG). El pago se realiza directamente en el puesto de control del MGAP al momento del arribo.